Micelio

Artículo 5

Los Patronos No Podrán Emplear A Los Hijos De Los Trabajadores Que Estén En Edad Escolar Y No Hayan Cursado El Pénsum De Alfabetización, A Menos Que Los Matriculen Y Les Concedan El Tiempo Necesario Para Asistir A La Respectiva Escuela

Decreto 2553 de 1951 · Por el cual se reglamentan los artículos 285, 286 y 287 del Código del Trabajo y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Los patronos no podrán emplear a los hijos de los trabajadores que estén en edad escolar y no hayan cursado el pénsum de alfabetización, a menos que los matriculen y les concedan el tiempo necesario para asistir a la respectiva escuela.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2553 de 1951