Micelio

Artículo 2.2.4.3.10

Tiempos Establecidos Para El Marcaje O Registro De Las Armas Traumáticas

Decreto 1070 de 2015 · por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Tiempos establecidos para el marcaje o registro de las armas traumáticas. Las personas naturales o jurídicas que tengan armas traumáticas deberán realizar el marcaje de estas ante la autoridad competente en un plazo de ocho (8) meses contados a partir de que entre en funcionamiento y operación el procedimiento que para ello establezca INDUMIL. Después de dicho proceso, contarán con ocho (8) meses adicionales para presentar la solicitud de permiso de tenencia y/o porte, este término se contará a partir del marcaje y registro de cada arma traumática.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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