Micelio

Artículo 2

Para Promover La Invasión, Facilitarla Ó Auxiliarla, Serán Castigados Con La Pena De Muerte

Decreto 855 de 1901 · Por el cual se castiga el delito de traición a la Patria

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 2. º Los individuos, así nacionales como extranjeros, que sirvan de comisionados ó Agentes de revolucionarios ante Gobiernos de otros países ó ante fuerzas invasoras de las indicadas en el artículo 1º para promover la invasión, facilitarla ó auxiliarla, serán castigados con la pena de muerte.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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