Micelio

Artículo 4

Integración

Decreto 1448 de 2016 · por el cual se crea un Comité Técnico de Apoyo de carácter temporal.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Integración . El Comité Técnico de apoyo estará integrado por: – La Directora del ICBF. – La Consejera Presidencial para los Derechos Humanos o su delegado. – Una persona delegada por la Coalición contra la Vinculación de Niños, Niñas y Jóvenes al Conflicto Armado (Coalico), como organización no gubernamental especializada en derechos de infancia y adolescencia. – Una persona delegada por Comunidades Construyendo Paz (Conpaz); como organización especializada en la reconciliación en los territorios. – Una persona delegada por la Asociación Nacional de Zonas de Reserva Campesina (Anzorc); como organización especializada en derechos humanos en los territorios. – El representante en Colombia de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) o su delegado. – El representante del Fondo de Naciones Unidas para la Infancia (Unicef) o su delegado. En las sesiones del Comité participará con voz la Defensoría del Pueblo en el ejercicio de sus funciones constitucionales y legales. La Secretaría Técnica del Comité la ejercerá la Consejería Presidencial para los Derechos Humanos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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