00 contratado por el Gobierno con el Banco de la República, de acuerdo con la autorización consignada en el numeral 3° del artículo 2.° de la Ley 50 de 1931 , ábrese un crédito adicional extraordinario a ia Ley de Apropiaciones vigente, así:
PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS CAPITULO 62 BIS
Nuevo Acueducto de Bogotá.