°. Son funciones de la Universidad Pedagógica Nacional de Bogotá
Elaborar, con el Ministerio de Educación, para aprobación del Gobierno Nacional, planes de investigación educativa, capacitación y perfeccionamiento de personal docente, y prestación de asesoría pedagógica, de conformidad con la política general que éste adopte;
Realizar el inventario de las facilidades, los proyectos y los trabajos que existan en el país en el campo de la investigación educativo, la capacitación y el perfeccionamiento del personal docente, y la asesoría pedagógica, y velar por coordinar entre sí y con la Universidad Pedagógica Nacional de Bogotá los diversos programas, públicos o privados, que se adelanten en estos campos;
Formar profesionales para el ejercicio de la actividad docente en los diferentes grados y niveles educativos que requiera el país;
Capacitar y perfeccionar personal docente en ejercicio;
Capacitar personal para el desempeño de cargos directivos y administración en las diferentes ramas de la educación;
Especializar profesores en los diferentes campos de la enseñanza;
Preparar personal para la investigación educativa;
Adelantar y fomentar programas de investigación educativa, velar por su extensión y divulgación, y propender por el efectivo aprovechamiento de sus resultados;
Realizar directamente, o por contrato con entidades oficiales y privadas, estudios, encuestas y trabajos de carácter pedagógico, tendientes a mejorar la calidad de la educación y a aumentar el rendimiento del sistema educativo;
Prestar servicios de asesoría pedagógica a los planteles oficiales o privados en todo lo relacionado con orientación escolar y profesional, técnicas y ayudas educativas, administración educativa, organización bibliotecaria y publicaciones pedagógicas; 12. Procurar, con la colaboración del Ministerio de Educación, la Unesco y las demás entidades que puedan prestar asistencia en este campo, reducir los costos de los textos escolares, mejorarlos y ponerlos al alcance de los alumnos que carezcan de los medios necesarios para adquirirlos, y 13. Las demás funciones que le señale el Gobierno Nacional para el cumplimiento de sus objetivos.