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Artículo 3

Son Funciones De La Universidad Pedagógica Nacional De Bogotá: 1

Decreto 3153 de 1968 · por el cual se reorganiza la Universidad Pedagógica Nacional de Bogotá.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Son funciones de la Universidad Pedagógica Nacional de Bogotá

1.

Elaborar, con el Ministerio de Educación, para aprobación del Gobierno Nacional, planes de investigación educativa, capacitación y perfeccionamiento de personal docente, y prestación de asesoría pedagógica, de conformidad con la política general que éste adopte;

2.

Realizar el inventario de las facilidades, los proyectos y los trabajos que existan en el país en el campo de la investigación educativo, la capacitación y el perfeccionamiento del personal docente, y la asesoría pedagógica, y velar por coordinar entre sí y con la Universidad Pedagógica Nacional de Bogotá los diversos programas, públicos o privados, que se adelanten en estos campos;

3.

Formar profesionales para el ejercicio de la actividad docente en los diferentes grados y niveles educativos que requiera el país;

4.

Capacitar y perfeccionar personal docente en ejercicio;

5.

Capacitar personal para el desempeño de cargos directivos y administración en las diferentes ramas de la educación;

6.

Especializar profesores en los diferentes campos de la enseñanza;

7.

Preparar personal para la investigación educativa;

8.

Adelantar y fomentar programas de investigación educativa, velar por su extensión y divulgación, y propender por el efectivo aprovechamiento de sus resultados;

9.

Realizar directamente, o por contrato con entidades oficiales y privadas, estudios, encuestas y trabajos de carácter pedagógico, tendientes a mejorar la calidad de la educación y a aumentar el rendimiento del sistema educativo;

10.

Prestar servicios de asesoría pedagógica a los planteles oficiales o privados en todo lo relacionado con orientación escolar y profesional, técnicas y ayudas educativas, administración educativa, organización bibliotecaria y publicaciones pedagógicas; 12. Procurar, con la colaboración del Ministerio de Educación, la Unesco y las demás entidades que puedan prestar asistencia en este campo, reducir los costos de los textos escolares, mejorarlos y ponerlos al alcance de los alumnos que carezcan de los medios necesarios para adquirirlos, y 13. Las demás funciones que le señale el Gobierno Nacional para el cumplimiento de sus objetivos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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