Funciones de la presidencia del Órgano Colegiado de Administración y Decisión Paz . La presidencia del OCAD Paz, será ejercida por la Consejería Presidencial para la Estabilización y la Consolidación o por quien designe el Presidente de la República conforme el Artículo 58 de la Ley 2056 de 2020, quien tendrá las siguientes funciones
Ser el único interlocutor con la secretaría técnica del Órgano Colegiado de Administración y Decisión Paz.
Definir el sentido del voto del Gobierno nacional en todos los asuntos que son competencia del Órgano Colegiado de Administración y Decisión Paz, para lo cual se apoyará en el concepto de viabilidad de la entidad territorial que presenta el proyecto de inversión, el concepto técnico único sectorial que solicite la Secretaria Técnica y el resultado de la aplicación del sistema de evaluación basado en puntajes del que trata el Decreto Ley 1534 de 2017 o el que lo modifique, adicione o sustituya. Los demás miembros del nivel de gobierno participaran únicamente en las reuniones de vértice que realice el presidente. CAPÍTULO 3 OPERACIONES DE ADELANTO PARA LA A SIGNACIÓN PARA LA PAZ