º. Autorizase a la Dirección General de Marina para que, por medio de Resoluciones, llame a exámenes profesionales, teóricos y prácticos, al personal de Suboficiales Jefes y Sargentos Primeros de Infantería de Marina, que reúnan requisitos de antigüedad, capacidades, capacidades técnicas, conducta y recomendación de los respectivos Comandos, y previa solicitud de los interesados, para ascenso a Oficiales de Clases.
Artículo 8
Autorizase A La Dirección General De Marina Para Que, Por Medio De Resoluciones, Llame A Exámenes Profesionales, Teóricos Y Prácticos, Al Personal De Suboficiales Jefes Y Sargentos Primeros De Infantería De Marina, Que Reúnan Requisitos De Antigüedad, Capacidades, Capacidades Técnicas, Conducta Y Recomendación De Los Respectivos Comandos, Y Previa Solicitud De Los Interesados, Para Ascenso A Oficiales De Clases
Decreto 828 de 1949 · Por el cual se reglamentan las condiciones de régimen de mando, ascensos e insignias de los Oficiales de Clases
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.