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Artículo 38

Decreto 1643 de 1991 · por el cual se organiza la Dirección de Impuestos Nacionales como Unidad Administrativa Especial, se establecen su estructura y funciones sus regímenes presupuestal y de contratación administrativa y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Oficina de Administración . De acuerdo con las políticas e instrucciones señaladas por el Subdirector General, son funciones de la Oficina de Administración, para ejercerlas directamente o a través de sus divisiones, las siguientes

a)

Colaborar con la Oficina de Planeación para la presentación del proyecto de presupuesto del Fondo de la Dirección de Impuestos Nacionales y del Fondo de Gestión Tributaria.

b)

Coordinar con las demás dependencias de la entidad la elaboración de sus planes y programas de carácter técnico y administrativo para prever los recursos necesarios para su realización.

c)

Elaborar planes y programas a corto, mediano y largo plazo, que aseguren el buen desarrollo de las actividades de la Dirección de Impuestos Nacionales.

d)

Establecer, orientar y controlar la aplicación de normas técnicas para la prestación de los servicios administrativos en todas las dependencias de la Dirección de Impuestos Nacionales.

e)

Realizar las actividades necesarias para la debida implantación y funcionamiento del Premio Fiscal establecido por el artículo 618 - 1 del Estatuto Tributario.

f)

Consolidar y aprobar el Programa Anual de Caja y el Programa de Compras del Nivel Central y Regional.

g)

Presentar oportunamente el acuerdo mensual de gastos y velar por el oportuno giro de sus compromisos presupuestales.

h)

Coordinar la elaboración y distribución del presupuesto para el funcionamiento de la entidad en los órdenes nacional, regional y local, teniendo en cuenta las responsabilidades y metas de cada área.

i)

Elaborar y tramitar los contratos necesarios para el funcionamiento de la Dirección de Impuestos Nacionales y hacer cumplir las normas y procedimientos que sobre contratación rigen para ella.

j)

Coordinar los aspectos relacionados con la edición e impresión de las publicaciones y material que se produce en la Dirección de Impuestos Nacionales, así como de las formas que se requieran para la ejecución de las diferentes actividades.

k)

Atender las consultas jurídicas que se formulen en relación con asuntos de su competencia.

l)

Presentar al Director y Subdirector General informes mensuales de ejecución presupuestal.

m)

Las demás que le asigne el Subdirector General.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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