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Artículo 24

Los Cargos De Magistrado De La Corte Suprema De Justicia Y Del Consejo De Estado, Así Como Los Que Tengan Periodo, Se Proveen En Propiedad O En Interinidad

Decreto 1660 de 1978 · Por el cual se reglamentan parcialmente las Leyes 15 y 20 de 1972, los Decretos 250 y 762 de 1970, 546 de 1971 y 717 de 1978, y otras disposiciones sobre administración del personal de la Rama Jurisdiccional, del Ministerio Público y de las Direcciones de Instrucción Criminal.

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 24. Los cargos de Magistrado de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estado, así como los que tengan periodo, se proveen en propiedad o en interinidad. A- De los periodos

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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