Micelio

Artículo 6

Al Ministerio De Hacienda, La Solicitud De Exención De Derechos, En La Siguiente Forma: 1° La Extenderá En Papel Sellado De 3ª Clase, Á Menos Que Por Ley Ó Decreto Vigentes Esté Expresamente Eximido De Tal Impuesto; 2° La Fecha De La Solicitud Será La De Su Registro En El Ministerio De Hacienda, Á Menos Que Á Su Pie Traiga Nota De Presentación Personal Ante Cualquiera Autoridad Política Ó Judicial Del Lugar En Que Aparezca Suscrita; 3° Cada Solicitud No Puede Referirse Sino Á Una Sola Importación; 4° En La Solicitud Se Expresarán Claramente Los Objetos Cuya Exención De Derechos Se Pide, Indicando El Número, Las Marcas Y La Numeración De Los Bultos Y El Manifiesto Que Se Indicará Por Su Número, Fecha De Presentación, Aduana Á Que Se Presentó Y Nombre Y Fecha De Entrada Al Puerto Del Buque Á Que Se Refiera El Manifiesto; 5° Se Señalará En La Solicitud La Ley, El Decreto Ó El Contrato , Con Indicación Del Número Del Diario Oficial En Que Se Halle Publicado, Caso Que Lo Haya Sido, En Que Se Apoye La Solicitud De Exención Y En Que Haya De Basarse La Resolución; 6° Se Relacionarán En La Solicitud Los Documentos Que La Acompañan; 7

Decreto 761 de 1900 · Reglamentario de los procedimientos sobre exención de derechos de Aduana

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 6° El interesado dirigirá antes de vencerse los cuatro primeros meses del plazo de cinco de que habla el artículo 4° al Ministerio de Hacienda, la solicitud de exención de derechos, en la siguiente forma: 1° La extenderá en papel sellado de 3ª clase, á menos que por ley ó decreto vigentes esté expresamente eximido de tal impuesto; 2° La fecha de la solicitud será la de su registro en el Ministerio de Hacienda, á menos que á su pie traiga nota de presentación personal ante cualquiera autoridad política ó judicial del lugar en que aparezca suscrita; 3° Cada solicitud no puede referirse sino á una sola importación; 4° En la solicitud se expresarán claramente los objetos cuya exención de derechos se pide, indicando el número, las marcas y la numeración de los bultos y el Manifiesto que se indicará por su número, fecha de presentación, Aduana á que se presentó y nombre y fecha de entrada al puerto del buque á que se refiera el Manifiesto; 5° Se señalará en la solicitud la ley, el decreto ó el contrato , con indicación del número del Diario Oficial en que se halle publicado, caso que lo haya sido, en que se apoye la solicitud de exención y en que haya de basarse la resolución; 6° Se relacionarán en la solicitud los documentos que la acompañan; 7. ° La solicitud debe estar suscrita por el interesado ó por su apoderado ó representante legal; 8° La solicitud debe venir con dos pliegos de papel sellado de 1ª clase para la actuación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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