Micelio

Artículo 2.5.7.1.5.4

Sesiones Ordinarias Y Extraordinarias

Decreto 1080 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Cultura.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Sesiones ordinarias y extraordinarias. Las sesiones ordinarias del Comité Interinstitucional del Viche/Biche, presenciales o virtuales se realizarán al menos dos (2) veces al año según el artículo 6° de la Ley 2158 de 2021.

El Comité Interinstitucional del Viche podrá reunirse de forma extraordinaria por solicitud de la Secretaría Técnica, o a solicitud de al menos cinco (5) de sus miembros que actúen con voz y voto.

Parágrafo 1

A las reuniones del Comité Interinstitucional asisten los miembros, invitados permanentes y el Secretario Técnico del Comité.

Según el parágrafo primero del artículo 6° de la Ley 2158 de 2021, el Comité Interinstitucional podrá invitar a sus sesiones a los funcionarios públicos, representantes del sector privado, académicos y demás personas que considere necesario.

Los invitados a las sesiones del Comité Interinstitucional participarán con voz, pero no con voto.

Parágrafo 2

El Comité Interinstitucional podrá autorizar que algún miembro pueda asistir con un asesor, siempre que se indique dicha situación de manera previa al inicio de la reunión.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1080 de 2015