Micelio

Artículo 1069

Ley 105 de 1931 · Sobre organización judicial y procedimiento civil

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Admitida la primera Tercería, el ejecutante recobra el derecho de denunciar más bienes del ejecutado que prestó caución de saneamiento, salvo que ésta cubra, a juicio del Juez, todos los créditos que se persiguen, o que el ejecutado mejore la caución.

Los terceristas, a su turno, con las limitaciones preindicadas, pueden denunciar más bienes del ejecutado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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