Objeto. El objeto del presente decreto es efectuar el cierre del presupuesto bienal 2019 – 20202 del sistema General de Regalías con base en los montos finales de los recursos recaudados por el sistema de giros efectivamente realizados, teniendo en cuenta la distribución inicial hecha de conformidad con la ley 1942 de 2018 y adicionar el presupuesto bienal 2021 – 2022 incorporando la Disponibilidad Inicial 2021-2022. El presente decreto se adiciona al presupuesto bienal 2021-2022 del Sistema General de Regalías el saldo del mayor recaudo 2017-2018 al que se refiere el artículo 15 de la Ley 2072 de 2020. TITULO II REACUDO PRESUPUESTAL DE LA VIGENCIA 2019 – 2020 DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS.
Decreto 317 de 2021 →Vigente
Artículo 1
Objeto
Decreto 317 de 2021 · “Por el cual se cierra el presupuesto de la vigencia 2019 - 2020 y se adiciona el presupuesto del bienio 2021-2022 del Sistema General de Regalías incorporando la Disponibilidad Inicial 2021-2022 y el saldo del mayor recaudo 2017 – 2018”
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.