Ley 41 de 1915 · Por la cual se organiza la Policía Nacional y se le señalan sus atribuciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
° La Policía Nacional dependerá directamente, como guardia civil, del Ministerio de Gobierno, y estará a cargo de un Director General de libre nombramiento y remoción del Poder Ejecutivo.
Parágrafo
Para los efectos de la organización e instrucción del Cuerpo, el Gobierno conservara las facultades que le fueron atribuidas en el Artículo 4.° de la Ley 23 de 1890 .
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.