º El certificado de buena conducta y eficiencia será expedido por el Juez bajo la gravedad del juramento, teniendo en cuenta el comportamiento general y el rendimiento del empleado en el desempeño del cargo y deberá ser motivado. Si el certificado fuere desfavorable al empleado, éste podrá solicitar su revisión, dentro de los cinco (5) días siguientes a la expedición del mismo, ante el Consejo Superior de la Administración de Justicia. El Juez incurrirá en causal de mala conducta en el evento de que la certificación expedida no corresponda a la verdad, sin perjuicio de las acciones penales a que haya lugar. Asimismo el Ministerio Público podrá impugnar en cualquier momento los certificados de que trata este artículo.
Decreto 1190 de 1986 →Vigente
Artículo 3
º El Certificado De Buena Conducta Y Eficiencia Será Expedido Por El Juez Bajo La Gravedad Del Juramento, Teniendo En Cuenta El Comportamiento General Y El Rendimiento Del Empleado En El Desempeño Del Cargo Y Deberá Ser Motivado
Decreto 1190 de 1986 · Por el cual se dictan normas sobre Carrera Judicial.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.