Procedimiento para la administración del contingente. La autoridad administradora establecerá el procedimiento aplicable para el otorgamiento de cupos asignados en el marco del IAMAS en los años 2022 y 2023, respectivamente, los cuales se otorgarán sin superar el tope fiscal aprobado por el CONFIS, mediante circular que deberá expedirse dentro de los cinco (5) días siguientes a la entrada en vigencia del presente Decreto.
LEGISLACIÓN ANTERIOR
Artículo 6. Procedimiento para la administración del contingente. La autoridad administradora establecerá el procedimiento aplicable para el otorgamiento de cupos asignados en el marco del IAMAS en los años 2021 y 2022, respectivamente, los cuales se otorgarán sin superar el tope fiscal aprobado por el CONFIS, mediante circular que deberá expedirse dentro de los cinco (5) días siguientes a la entrada en vigencia del presente Decreto.
TEXTO CORRESPONDIENTE A