Micelio

Artículo 35

Decreto 1480 de 2005 · Por medio del cual se regula la aplicación de medidas de limitación a importaciones de productos originarios de la República Popular China, previstas en el Protocolo de Adhesión de la República Popular China y en el Informe del Grupo de Trabajo de la Organización Mundial de Comercio

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Ambito de aplicación . Existirá desviación importante de comercio cuando de oficio o a petición de parte se considere que una medida adoptada por la República Popular China u otro País Miembro de la OMC de conformidad con los párrafos 2, 3 ó 7 de la Sección 16 del Protocolo de Adhesión de la República Popular China a la OMC, para impedir o remediar la desorganización del mercado de ese País Miembro, causa o amenaza causar una desviación del comercio de ese producto hacia el mercado colombiano. En tal caso, se aplicará en lo pertinente el procedimiento previsto en el Título I del presente decreto. CAPITULO II Determinación de la existencia de desviación de comercio

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1480 de 2005