El Cajero Pagador manejara los fondos que por cualquier motivo ingresen a la caja del instituto; en consecuencia, prestará la fianza legal correspondiente, a satisfacción de la Contraloría General, entidad a la cual rendirá sus cuentas referentes a las sumas recibidas del Tesoro Público y sus inversiones, y también aquellas que se refieran al movimiento relacionado con las rentas del establecimiento. El Administrador prestará igualmente fianza legal a satisfacción del Contralor General de la República.
Ley 1 de 1931 →Vigente
Artículo 14
Ley 1 de 1931 · Por la cual se crea el Departamento Nacional de Higiene y Asistencia Pública
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.