° El Gobierno Nacional, por conducto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, procederá a efectuar la emisión de los "Certificados Ley 83 de 1962", en la cuantía necesaria para que los deudores de mercancías nacionalizadas con anterioridad al 15 de septiembre de 1962, perciban del Banco de la República, por cuenta del Gobierno Nacional, en documentos de Deuda Pública, la cantidad que les corresponda dada la proporción prevista en la citada norma legal.
Artículo 1
El Gobierno Nacional, Por Conducto Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público, Procederá A Efectuar La Emisión De Los "certificados Ley 83 De 1962", En La Cuantía Necesaria Para Que Los Deudores De Mercancías Nacionalizadas Con Anterioridad Al 15 De Septiembre De 1962, Perciban Del Banco De La República, Por Cuenta Del Gobierno Nacional, En Documentos De Deuda Pública, La Cantidad Que Les Corresponda Dada La Proporción Prevista En La Citada Norma Legal
Decreto 3469 de 1962 · Por el cual se ordena la emisión y se fijan las características de los "Certificados Ley 83 de 1962
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.