Micelio

Artículo 55

Para Los Giros No Se Admitirá Más Que Un Solo Endoso

Decreto 1092 de 1933 · Por el cual se reglamenta el servicio de giros postales del interior

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para los giros no se admitirá más que un solo endoso. Los endosos de los giros ordinarios se harán al respaldo de los mismos, y los de los telegráficos, en documentos por separado que se acompañarán a los giros cancelados y se remitirán a la Contraloría General con la cuenta correspondiente. En ambos casos debe observarse la forma en que se endosan las letras de cambio, de conformidad con el Código de Comercio. CAPITULO VIII Del pago de los giros .

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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