Los establecimientos educativos que violen las normas vigentes sobre costos educativos, se sancionarán de la siguiente manera
Por el cobro de tarifas no autorizadas : la primera vez, devolución del excedente cobrado y multa del 10% sobre este excedente. La segunda vez, devolución del excedente cobrado y multa del 20% sobre este excedente e inhabilitación del Rector para ejercer en cualquier sitio del territorio nacional, las funciones como tal. La tercera vez, devolución del excedente cobrado, multa del 20% sobre este excedente, inhabilitación del Rector para ejercer en cualquier sitio del territorio nacional las funciones como tal y la pérdida de la aprobación de estudios y de la licencia de iniciación de labores del establecimiento educativo la cual se hará efectiva para el año escolar siguiente a aquel en el cual se somete la infracción. Esta sanción también será comunicada a la Asociación de Padres de Familia para su información.
Por incumplimiento en el porcentaje de becas : multa por un valor igual al de las becas no otorgadas.
Incumplimiento de las normas sobre jornadas adicionales : supresión de la jornada adicional a partir del año escolar siguiente a aquel en el cual se comete la infracción y obligación de otorgar el porcentaje de becas de acuerdo con la reglamentación vigente.