Micelio

Artículo 60

Los Gerentes O Directores De Los Establecimientos Públicos, En Caso De Irregularidad En El Manejo Presupuestal, Deberán Solicitar Al Director General Del Presupuesto La Práctica De Visitas De Inspección Presupuestal, Sin Perjuicio De Las Acciones Administrativas Que Deba Adoptar Y De La Acción Penal A Que Puedan Dar Lugar Tales Irregularidades

Decreto 3720 de 1986 · por el cual se liquida y expide el presupuesto de los establecimientos públicos nacionales para la vigencia fiscal de 1987.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los gerentes o directores de los establecimientos públicos, en caso de irregularidad en el manejo presupuestal, deberán solicitar al Director General del Presupuesto la práctica de visitas de inspección presupuestal, sin perjuicio de las acciones administrativas que deba adoptar y de la acción penal a que puedan dar lugar tales irregularidades.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3720 de 1986