Micelio

Artículo 1

Cuantía Mínima Del Patrimonio Técnico Saneado Para El Ramo De Seguros Previsionales

Decreto 717 de 1994 · por el cual se establecen los montos de patrimonio técnico saneado que deben acreditar las entidades aseguradoras de vida que pretenden explotar los ramos de seguros previsionales y de pensiones del régimen de seguridad social

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Cuantía mínima del patrimonio técnico saneado para el ramo de seguros previsionales . Las entidades aseguradoras de vida que pretendan explotar el ramo de seguros previsionales de invalidez y sobrevivencia deberán mantener, durante el año de 1994, un patrimonio técnico saneado no inferior a doscientos cincuenta millones de pesos ($250.000.000).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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