Micelio

Artículo 2

El Valor Mensual A Que Asciendan Estas Cuotas Será Entregado Por El Administrador De Las Minas Al Empleado Pagador De Dichos Agentes, Mediante La Cuenta Respectiva, Debidamente Certificada Por El Jefe De Ellos, Para Que La Distribuyan Convenientemente Entre Los Que Hayan Prestado El Servicio De Vigilancia De Las Minas

Decreto 70 de 1913 · Por el cual se dispone la manera de atender a los gastos de alimentación de algunos de los Agentes de Policía que vigilan las minas de esmeraldas de Muzo y Coscuez

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El valor mensual a que asciendan estas cuotas será entregado por el Administrador de las minas al empleado pagador de dichos Agentes, mediante la cuenta respectiva, debidamente certificada por el Jefe de ellos, para que la distribuyan convenientemente entre los que hayan prestado el servicio de vigilancia de las minas. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 70 de 1913