º. Funciones de la Dirección Ejecutiva . La Dirección Ejecutiva del Fondo de Inversión para la Paz, FIP, ejercerá las siguientes funciones
Dirigir la ejecución del Fondo de conformidad con lo dispuesto en el presente decreto, cumplir y hacer cumplir los reglamentos y decisiones del Consejo Directivo.
Ejercer la coordinación interinstitucional requerida para el eficaz y eficiente cumplimiento del objeto del Fondo.
Seleccionar a los asesores y al personal de especialistas y de apoyo administrativo del Fondo, celebrar los contratos del caso y coordinar la actividad de los distintos empleados y contratistas.
Celebrar los contratos necesarios para la ejecución de programas y proyectos, para el manejo de los recursos del Fondo y su funcionamiento, dentro de los límites y condiciones establecidos por el Consejo Directivo.
Hacer el seguimiento de la recaudación e inversión de los recursos del Fondo y la correcta disposición de sus bienes.
Elaborar el anteproyecto de gastos, su ejecución y los indicadores de gestión y presentarlos a consideración del Consejo Directivo.
Rendir informes sobre las actividades del Fondo, con la periodicidad que determinen los reglamentos, al Consejo Directivo, la Veeduría Especial y los requeridos por las autoridades de control competentes.
Comprometer los recursos y ordenar el gasto.
Las demás que le señalen la ley y las que, siendo compatibles con la dirección ejecutiva a su cargo, le asigne el Consejo Directivo.