Micelio

Artículo 4

Ley 148 de 1938 · sobre fomento y defensa de la industria del cacao

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gobierno organizará en la Granja Escuela y en la subestación experimental de que trata el artículo anterior un internado para la preparación en expertos en el cultivo y defensa del cacao, y a tal fin se le autoriza para adquirir los terrenos, construir los locales y dictar todas las medidas conducentes al funcionamiento de las escuelas, tales como elaboración de pénsums, nombramiento de profesores y dotación de elementos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 148 de 1938