º. Competencia de las Administraciones de Impuestos Nacionales. Se habilitan las Administraciones de Impuestos Nacionales sin operación. aduanera, para adelantar la totalidad de los trámites que conduzcan al levante de las mercancías legalizadas en virtud del beneficio consagrado en este Decreto.
Decreto 554 de 1999 →Vigente
Artículo 8
º
Decreto 554 de 1999 · POR EL CUAL SE ADICIONAN TRANSITORIAMENTE LOS ARTICULOS 57 Y 82 DEL DECRETO, 1909 DE 1992, SE SEÑALA EL PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACION DEL PARAGRAFO TRANSITORIO DEL ARTICULO 69 DE LA LEY 488 DE 1998, Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.