Micelio

Artículo 3

Ley 96 de 1938 · Por la cual se crean los Ministerios de Trabajo, Higiene y Previsión Social y de la Economía Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los Ministerios que se establecen por los dos artículos anteriores seguirán en orden de procedencia al de Guerra.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 96 de 1938