o . Designación . Los representantes del sector manufacturero serán designados, dos por la Asociación Nacional de Industriales y uno por la Asociación Colombiana Popular de Industriales; los del sector comercio, por la Federación Nacional de Comerciantes; y del sector agropecuario, por la Sociedad de Agricultores de Colombia; y del sector de la construcción, por la Cámara Colombiana de la Construcción; y del sector de transporte, por la Federación Colombiana de Transportadores de Carga por Carretera; y del sector de las comunicaciones, por la Asociación Nacional de Medios de Comunicación; y del sector de minas, por la Cámara Colombiana de Servicios Petroleros y el del sector de servicios empresariales, por el Ministro de Desarrollo Económico.
Decreto 391 de 1995 →Vigente
Artículo 2
O
Decreto 391 de 1995 · por el cual se modifica la composición del Consejo Asesor de la Superintendencia de Sociedades.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.