Micelio

Artículo 43

Facúltase Al Ministerio De Gobierno Para Que Expida Reglamentaciones Sobre: A) Requisitos Para La Obtención De Personería Jurídica Y Estatutos Sobre Juntas, Asociaciones, Federaciones Y Confederaciones De Acción Comunal, Con Base En Los Principios Generales Contenidos En Este Decreto; B) Empresas O Proyectos Rentables Comunales; C) Congresos Nacionales, Concursos Y Condecoraciones De Acción Comunal; D) Programa De Vivienda Por Autoconstrucción Y Demás Actividades Especiales De Las Corporaciones Comunales; E) Número, Contenido Y Demás Requisitos De Los Libros Que Deben Llevar Las Corporaciones Comunales; F) Impugnaciones

Decreto 1930 de 1979 · Por el cual se reglamentan parcialmente el artículo 1° literal f) del decreto 126 de 1976

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Facúltase al Ministerio de Gobierno para que expida reglamentaciones sobre

a)

Requisitos para la obtención de personería jurídica y estatutos sobre juntas, asociaciones, federaciones y confederaciones de Acción Comunal, con base en los principios generales contenidos en este Decreto;

b)

Empresas o proyectos rentables comunales;

c)

Congresos nacionales, concursos y condecoraciones de Acción Comunal;

d)

Programa de vivienda por autoconstrucción y demás actividades especiales de las corporaciones comunales;

e)

Número, contenido y demás requisitos de los libros que deben llevar las corporaciones comunales;

f)

Impugnaciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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