Micelio

Artículo 15

Funciones Del Viceministerio De Promoción De La Justicia

Decreto 1427 de 2017 · por el cual se modifica la estructura orgánica y se determinan las funciones de las dependencias del Ministerio de Justicia y del Derecho.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones del Viceministerio de Promoción de la Justicia. Son funciones del Viceministro de Promoción de la Justicia, además de las establecidas en el artículo 62 de la Ley 489 de 1998, las siguientes: Asesorar al Ministro en la formulación de políticas y trazar directrices, conjuntamente con el Ministro, que orienten el sistema jurídico y su ordenamiento, así como la prestación de los servicios de justicia formal y alternativa, a través de la Rama Judicial, las autoridades administrativas y los particulares. Promover la creación de espacios para acciones en materia de justicia y del derecho, que involucren a la comunidad en la resolución de los conflictos mediante la utilización de los mecanismos formales y alternativos de justicia. Asistir al Ministro en el ejercicio de las funciones del Despacho del Ministro de Justicia y del Derecho, en los temas de diseño de políticas, iniciativa legislativa, investigación y análisis de las materias relacionadas con la justicia, propias de su competencia. Apoyar y asistir al Ministro en el diseño, análisis, impulso y seguimiento a proyectos de ley y actos legislativos ante el Congreso de la República principalmente en las materias relacionadas con los objetivos, misión, y funciones del Ministerio y del Sector Justicia. Asesorar en la formulación de la política pública en materia notarial del país y coordinar con la Superintendencia de Notariado y Registro el cumplimiento de la misma, de conformidad con los preceptos normativos que rigen la materia. Coordinar y hacer el seguimiento a las actividades de las direcciones del Ministerio, adscritas a su Despacho, para garantizar el cabal cumplimiento de sus funciones y de los planes, programas y proyectos del Ministerio. Dirigir y orientar la elaboración de los informes relativos al desarrollo de las políticas, planes y programas que deba presentar el Ministro a las instancias que lo soliciten. Asistir al Ministro en el ejercicio del direccionamiento estratégico, evaluación y control de la gestión sectorial. Participar en la orientación, coordinación y en el ejercicio del control administrativo de las entidades adscritas y vinculadas al Ministerio de Justicia y del Derecho conforme a la normatividad sobre la materia y a las instrucciones que le imparta el Ministro. Coordinar las relaciones del Ministerio con las demás entidades públicas, para la adecuada ejecución de los planes sectoriales. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión y la observancia de sus recomendaciones en el ámbito de su competencia. Atender las peticiones relacionadas con asuntos de su competencia. Las demás funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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