Articulo decimotercero. El presente decreto regirá desde la fecha de su expedición, con expedición de los artículos segundo y tercero, cuya vigencia se aplaza hasta el primero de octubre del presente año para el Sector Sur-Occidental, y hasta el primero de enero de 1953 para el sector Centro-Oriental. Comuníquese y publíquese.
Decreto 2320 de 1952 →Vigente
Artículo 13
Decreto 2320 de 1952 · por el cual se dictan normas sobre los establecimientos nocturnos de enseñanza secundaria.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.