Artículo cuarto. El Director General de Aduanas fijará las demás funciones correspondientes a los cargos que se crean, mediante resoluciones que serán sometidas a la aprobación del Ministro de Hacienda y Crédito Público.
Decreto 598 de 1949 →Vigente
Artículo 4
Decreto 598 de 1949 · Por el cual se crean unos cargos y se suprimen otros en la Dirección General de Aduanas del Ministerio de Hacienda y Crédito Público
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.