Micelio

Artículo 4

Decreto 598 de 1949 · Por el cual se crean unos cargos y se suprimen otros en la Dirección General de Aduanas del Ministerio de Hacienda y Crédito Público

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo cuarto. El Director General de Aduanas fijará las demás funciones correspondientes a los cargos que se crean, mediante resoluciones que serán sometidas a la aprobación del Ministro de Hacienda y Crédito Público.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 598 de 1949