Los interesados deberán dar por escrito todas las órdenes o instrucciones para la admisión, tratamiento, conservación, transporte, empaques, que toman de muestras, inspección o retiro de las mercancías. Las órdenes o instrucciones verbales no serán tomadas en consideración. Los depositantes deben comunicar por escrito los nombres de las personas a las que conceden autorización para firmar las órdenes e instrucciones y para retirar los documentos que deban ser entregados por la Zona.
Decreto 2411 de 1975 →Vigente
Artículo 12
Los Interesados Deberán Dar Por Escrito Todas Las Órdenes O Instrucciones Para La Admisión, Tratamiento, Conservación, Transporte, Empaques, Que Toman De Muestras, Inspección O Retiro De Las Mercancías
Decreto 2411 de 1975 · Por el cual se reglamenta el funcionamiento de la Zona Franca, Industrial y Comercial de Cartagena
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.