Micelio

Artículo 2

Decreto 1828 de 2006 · por el cual se crea la Comisión Nacional Intersectorial para la Coordinación y Orientación Superior del sacrificio de porcinos.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Son Funciones de la Comisión Nacional Intersectorial para la Coordinación y Orientación Superior del Sacrificio de Porcinos, las siguientes

1.

Apoyar las actividades necesarias para el cumplimiento de la normatividad sobre inspección, vigilancia y control del sacrificio de porcinos en el territorio nacional.

2.

Evaluar todos aquellos informes y documentos que relacionados directa o indirectamente con el tema, sean pertinentes solicitar, consultar y analizar en desarrollo de las actividades propias de la Comisión.

3.

Apoyar las labores de los Comités Departamentales o Regionales para la vigilancia y control del sacrificio de porcinos, así como las acciones emprendidas por las respectivas autoridades responsables de la inspección, vigilancia y control, tanto en las zonas de producción como en los centros de consumo.

4.

En caso de ser requerido, recomendar, proponer y promover cambios en la legislación vigente, tendientes a mejorar la eficacia y eficiencia de los sistemas de inspección sanitaria, vigilancia y control del sacrificio de porcinos.

5.

Designar el Secretario de la Comisión

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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