Micelio

Artículo 3

En Todo Lo Demás, Se Seguirá El Régimen Presupuestal Aplicable A Las Entidades Financieras Públicas, Sin Perjuicio Del Control Que Le Corresponde Ejercer A La Superintendencia Bancaria En Los Términos Del Decreto 1730 De 1991 Y De Las Demás Disposiciones Legales Y Reglamentarias Pertinentes

Decreto 1982 de 1992 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 16 de 1990.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º En todo lo demás, se seguirá el régimen presupuestal aplicable a las entidades financieras públicas, sin perjuicio del control que le corresponde ejercer a la Superintendencia Bancaria en los términos del Decreto 1730 de 1991 y de las demás disposiciones legales y reglamentarias pertinentes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1982 de 1992