Micelio

Artículo 1

Las Cuentas Que Actualmente Se Hallan En La Inspección General De Correos Y Telégrafos, Que No Hubieren Sido Incorporadas Por Esta Oficina, Se Pasarán A La Corte De Cuentas En El Estado En Que Se Encuentren, Dentro Del Menor Término Posible

Decreto 27 de 1917 · Por el cual se reglamenta en parte la Ley 82 de 1916

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Las cuentas que actualmente se hallan en la Inspección General de Correos y Telégrafos, que no hubieren sido incorporadas por esta Oficina, se pasarán a la Corte de Cuentas en el estado en que se encuentren, dentro del menor término posible.

Parágrafo

Junto con las cuentas dichas se pasará también a la Corte el libro de Cuenta y razón en que se estaba verificando la incorporación de las cuentas de 1915 y los libros auxiliares de Cuentas corrientes respectivos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 27 de 1917