Micelio

Artículo 5

º Se Entiende Por Producto Farmacéutico Fraudulento El Que Se Encuentra En Una De Las Siguientes Situaciones: A) El Elaborado Por Laboratorio Farmacéutico Que No Tenga Registro Sanitario De Funcionamiento; B) El Elaborado Por Laboratorio Farmacéutico Que No Tenga Autorización Para Su Fabricación; C) El Que No Proviene Del Titular Del Registro Sanitario, Del Laboratorio Fabricante O Del Distribuidor Legalmente Autorizado; D) Aquel Cuyo Envase O Empaque No Hubiere Sido Aprobado O Cuya Rotulación Es Diferente A La Aprobada; E) El Que Hubiere Sido Introducido Al País Sin Cumplir Los Requisitos Legales Exigidos Al Efecto; Y F) El Que Tenga La Marca, Apariencia O Características Generales De Un Producto Legítimo Y Oficialmente Aprobado, Sin Serlo

Decreto 2092 de 1986 · Por el cual se reglamentan parcialmente los Títulos VI y XI de la Ley 09 de 1979, en cuanto a elaboración, envase o empaque, almacenamiento, transporte y expendio de Medicamentos, Cosméticos y similares

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Se entiende por Producto Farmacéutico Fraudulento el que se encuentra en una de las siguientes situaciones

a)

El elaborado por laboratorio farmacéutico que no tenga registro sanitario de funcionamiento;

b)

El elaborado por laboratorio farmacéutico que no tenga autorización para su fabricación;

c)

El que no proviene del titular del registro sanitario, del laboratorio fabricante o del distribuidor legalmente autorizado;

d)

Aquel cuyo envase o empaque no hubiere sido aprobado o cuya rotulación es diferente a la aprobada;

e)

El que hubiere sido introducido al país sin cumplir los requisitos legales exigidos al efecto; y

f)

El que tenga la marca, apariencia o características generales de un producto legítimo y oficialmente aprobado, sin serlo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2092 de 1986