Dirección de Calidad para la Educación Preescolar, Básica y Media . Son funciones de la Dirección de Calidad para la Educación Preescolar, Básica y Media, las siguientes: 14.1. Orientar y aprobar los referentes de calidad para estudiantes, docentes e instituciones educativas. 14.2. Presentar proyectos para la reglamentación e implementación de mecanismos para el mejoramiento de la calidad educativa. 14.3. Consolidar un sistema nacional de evaluación que responda a las necesidades del modelo para el mejoramiento de la calidad de la educación preescolar, básica y media. 14.4. Crear las condiciones para desarrollar competencias comunicativas en inglés en los niveles de educación preescolar, básica y media; de acuerdo con el Programa Nacional de Bilingüismo, elevando los estándares de la enseñanza de inglés y de la manera que los estudiantes desarrollen competencias en esta lengua, estableciendo estándares internacionales para cada uno de los niveles. 14.5. Comunicar efectivamente a la comunidad el modelo para el mejoramiento de la calidad de la educación preescolar, básica y media. 14.6. Orientar el diseño y formular criterios de evaluación y de ejecución de programas y proyectos de calidad educativa para la educación preescolar, básica y media. 14.7. Efectuar el monitoreo y seguimiento a los programas y proyectos de la Dirección de Calidad para la educación preescolar, básica y media. 14.8. Definir estrategias de asistencia técnica, para fortalecer la capacidad institucional de las Secretarías de Educación en la implementación de la política de calidad educativa. 14.9. Implementar mecanismos que garanticen la actualización permanente del Sistema Nacional de Información Educativa en los temas de su competencia en coordinación con la Oficina Asesora de Planeación, Finanzas y Sistemas de Información. 14.10. Fomentar la generación de programas que conduzcan al desarrollo de competencias que mejoren la competitividad del país. 14.11. Orientar la aplicación y el uso de nuevas tecnologías en los programas de calidad educativa. 14.12. Homologar y convalidar títulos de estudios de preescolar, básica y media cursados en el exterior de conformidad con la ley. 14.13. Diseñar, formular, ejecutar, monitorear y evaluar proyectos estratégicos que estén en el marco de la misión de la dirección. 14.14. Participar y proponer criterios en la reglamentación de proyectos tendientes al fortalecimiento de la autonomía de las entidades territoriales. 14.15. Realizar las convalidaciones al sistema educativo nacional de los estudios de educación básica y media realizados en el exterior. 14.16. Las demás funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Decreto 5012 de 2009 →Vigente
Artículo 14
Dirección De Calidad Para La Educación Preescolar, Básica Y Media
Decreto 5012 de 2009 · por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Educación Nacional, y se determinan las funciones de sus dependencias.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.