Los Empleados Y Obreros Al Servicio De La Radiodifusora Y Televisora Nacional Y Su Departamento De Cinematografía, Quienes Pasaron A Depender Del Ministerio De Comunicaciones, Según Decreto Número 1616, De 22 De Agosto De 1958, Continuarán Afiliados, Para Efectos De Sus Prestaciones Sociales, A La Caja Nacional De Previsión
Decreto 1457 de 1959 · Por el cual se complementa el Decreto número 1616, de 22 de agosto de 1958
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
° Los empleados y obreros al servicio de la Radiodifusora y Televisora Nacional y su Departamento de Cinematografía, quienes pasaron a depender del Ministerio de Comunicaciones, según Decreto número 1616, de 22 de agosto de 1958, continuarán afiliados, para efectos de sus prestaciones sociales, a la Caja Nacional de Previsión.
Parágrafo
Queda así complementado el Decreto número 1616, de 22 de agosto de 1958.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.