Pueden los Jefes y Oficiales de cualquiera graduación servir un puesto inferior á su grado, con renuncia del sueldo mayor, siempre que éste no sea igual al del puesto para que se les nombra; pero en ningún caso podrán ser obligados á prestar ese servicio.
Ley 20 de 1882 →Vigente
Artículo 11
Ley 20 de 1882 · por la cual se establece la constitución civil de la Guardia colombiana.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.