Micelio

Artículo 2.3.2.1.8.3

Comisión Accidental Para La Atención De Emergencias

Decreto 1066 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Comisión Accidental para la Atención de Emergencias. Con el fin de dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 30 de la Ley 2166 de 2021, la asamblea general del respectivo organismo de acción comunal designará una comisión accidental integrada con personas afiliadas al mismo, en la cual deberá involucrar a delegados de la administración municipal o departamental y a la junta administradora local, de acuerdo al grado de la respectiva organización comunal. La comisión accidental se activará cuando el Presidente de la República declare estado de emergencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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