Micelio

Artículo 47

Objetivos Del Comité De Expertos Ad Hoc

Decreto 3 de 2021 · por el cual se expide el protocolo de acciones preventivas, concomitantes y posteriores, denominado “Estatuto de Reacción, Uso y Verificación de la Fuerza Legítima del Estado y Protección del Derecho a la Protesta Pacífica Ciudadana.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Objetivos del Comité de Expertos ad hoc. El Comité de Expertos ad hoc que se crea por este decreto tendrá como objetivos

1.

Documentar y analizar antecedentes, hechos y patrones de comportamiento que puedan constituir violaciones a los derechos humanos ocurridas en el período comprendido entre los años 2019-2021, así como hechos o acciones posteriores relacionados con contextos de protesta social.

2.

Identificar las acciones y omisiones de los agentes del Estado y particulares que presuntamente hayan actuado con su omisión, aquiescencia, tolerancia, apoyo o coordinación en la vulneración de derechos humanos en contextos de protesta social.

3.

Formular recomendaciones a las instituciones del Estado para el respeto, protección, prevención y garantía de los derechos humanos de quienes participan en acciones de movilización y protesta social, entre ellas, la no estigmatización y no criminalización; el acceso a la administración de justicia; el derecho a la verdad y garantías de no repetición.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3 de 2021