Micelio

Artículo 4

Ley 87 de 1958 · Por la cual la Nación conmemora el primer centenario del nacimiento de Rafael Uribe Uribe Uribe

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gobierno Nacional procederá a adquirir y restaurar la casa de la antigua hacienda "El Palmar" en jurisdicción del Municipio del Valparaíso, casa donde nació el General Rafael Uribe Uribe, y allí formara, con la cooperación de las Academias Colombiano y Antioqueña de Historia, un museo que lleve el nombre del ilustre Colombiano y en el cual se reúna todo cuanto mejor pueda recordar su vida y su obra ejemplares.

Parágrafo

Para los fines indicados en este artículo se declara de utilidad pública el inmueble cuya adquisición en él se ordena, como también, en extensión hasta de cinco fanegadas, el terreno necesario para rodear el museo de los jardines y parques adecuados.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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