Articulo 2° Créase el puesto de Ingeniero de Construcciones en la Sección de Infraestructura del Departamento Civil de la Dirección General de Aviación, con un sueldo mensual de doscientos cincuenta pesos ($ 250), y nombrase para este puesto al ingeniero doctor Víctor Pérez Peñaranda.
Decreto 1813 de 1935 →Vigente
Artículo 2
Créase El Puesto De Ingeniero De Construcciones En La Sección De Infraestructura Del Departamento Civil De La Dirección General De Aviación, Con Un Sueldo Mensual De Doscientos Cincuenta Pesos ($ 250), Y Nombrase Para Este Puesto Al Ingeniero Doctor Víctor Pérez Peñaranda
Decreto 1813 de 1935 · Por el cual se crean algunos puestos en la Sección de Infraestructura del Departamento de Aviación Civil del Ministerio de Guerra y se hace un nombramiento en el mismo Ramo
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.