Micelio

Artículo 16

Decreto 2490 de 1987 · por el cual se dictan normas sobre el servicio básico de transmisión de datos.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Con el fin de mejorar la calidad de la transmisión a través de la Red Pública de Transmisión de Datos -Coldapaq-, la Empresa Nacional de Telecomunicaciones -Telecom-, y las Administraciones Telefónicas Locales deberán, en lo posible, instalar en las futuras ampliaciones de la Red, sistemas de transmisión digital en los enlaces entre centros o nodos de concentración y/o conmutación urbanas e interurbanas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2490 de 1987