La Junta Directiva constará de siete miembros: tres nombrados por el Gobierno y cuatro elegidos por los demás accionista reunidos en Asamblea General.
Por cada principal se designarán dos suplentes en la misma forma que los principales.
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La Junta Directiva constará de siete miembros: tres nombrados por el Gobierno y cuatro elegidos por los demás accionista reunidos en Asamblea General.
Por cada principal se designarán dos suplentes en la misma forma que los principales.
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.