Micelio

Artículo 3967

, Del Presupuesto De La Vigencia Pasada, Correspondiente A La Escuela Industrial De Barranquilla, Plantel Dependiente De La División De Educación Industrial Y Comercial Del Ministerio, Se Distribuyen Así: A) Para Cubrir Los Sueldos Que Se Adeudan A Los Siguientes Profesores, Por Servicio Prestados Al Plantel Durante El Año Pasado: Guillermo Renowitzky

Decreto 1439 de 1959 · Por el cual se distribuye una partida

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero . Los fondos apropiados en la Ley 37 de 1958, Capítulo 387, artículo 3967, del Presupuesto de la vigencia pasada, correspondiente a la Escuela Industrial de Barranquilla, plantel dependiente de la División de Educación Industrial y Comercial del Ministerio, se distribuyen así

a)

Para cubrir los sueldos que se adeudan a los siguientes profesores, por servicio prestados al plantel durante el año pasado: Guillermo Renowitzky. Sueldo correspondiente al mes de febrero, como Jefe General de Talleres $ 550.00 Víctor Barraza. Sueldo correspondiente a 20 días, contados entre el 1° y el 20 de febrero, como Director de Grupo 243.23 Juan Borrás. Sueldo correspondiente a 20 días, comprendidos entre el 1° y el 20 de febrero, como Asistente del Taller de Ajuste. 133.33 Cristóbal Sabalza. Sueldo correspondiente al mes de febrero, como Director de Grupo (2ª categoría) 650.00 Miguel Altamar. Sueldo correspondiente al mes de febrero, como Director de Grupo (2ª y 1ª categoría) 779.83 José Angel Castro. Sueldo correspondiente a 20 días, comprendidos entre el 1° y el 20 de febrero, como Profesor externo de Educación Física 56.00 Carlos Consuegra. Sueldo correspondiente a 4 1/2 meses, contados entre el 1° de febrero y el 15 de junio, como Instructor del Taller de Carpintería, a razón de $400.00 mensuales 1.800.00 Suma $ 4.212.39

b)

Para atender a la cancelación del déficit correspondiente a la nómina pagada con el aporte departamental, en el mes de diciembre de 1958, así: Fernando Acosta C. Jefe del Taller de Aviación $ 500.00 Jorge A. Mosquera G. Profesor del Taller de Aviación 350.00 Oswaldo de Lima. Profesor del taller de Aviación 350.00 Luis F. Giraldo. Profesor del Taller de Aviación 350.00 Casimiro Contreras. Profesor del Taller de Aviación 300.00 José A. Castillo. Instructor del Taller de Forja 400.00 Rafael a. Barreto. Instructor del Taller de Ebanistería 400.00 Juan de la C. Rodríguez. Instructor del Taller de Ebanistería 400.00 Total $ 7.262.39

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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