Micelio

Artículo 155

Situaciones Que Debe Contemplar El Informativo

Decreto 8 de 1980 · Por el cual se reglamenta el Decreto 613 de 1977, reorgánico de la carrera de Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Situaciones que debe contemplar el informativo. En todos los casos de accidente dentro o fuera del servicio, o de heridas, en combate es deber de los comandantes de departamento de policía, directores de escuela, comandantes de unidades especiales y la Inspección General dentro de la investigación administrativa adelantada emitir su concepto, sobre si el hecho ocurrió o no en una cualquier de las siguientes situaciones

a)

Fuera del servicio o dentro de él, pero no por su causa;

b)

En el servicio, por causa y razón del mismo;

c)

En combate, bien sea por accidente dentro de él o por acción directa del enemigo;

d)

En acto violatorio, o no, de leyes, reglamentos y órdenes legítimas. TITULO SEXTO Disposiciones Complementarias CAPITULO I De Los Informativos Para Prestaciones Sociales

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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